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4.889 familias vascas piden los 2.500 euros que concede el Gobierno por nacimientos o adopción

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Fuente: EUROPA PRESS | BILBAO (elcorreodigital.com)

La Agencia Tributaria espera que 120.000 familias habrán recibido el pago a fin de año

Un total de 4.889 familias de la Comunidad Autónoma Vasca han solicitado los 2.500 euros que concede el Gobierno por nacimientos o adopción de hijos, que se empezarán a pagar a partir de hoy, según ha informado la Agencia Tributaria. Por territorios, en Bizkaia han presentado la solicitud 2.442 familias, mientras que en Gipuzkoa han pedido las ayudas 1.573 familias en un Alava un total de 891.

Las familias que han solicitado hasta el 19 de noviembre la ayuda que concede el Gobierno central para los nacimientos o adopciones de niños que hayan tenido lugar a partir del 1 de julio, ascienden a 142.331 en todo el Estado. Según las previsiones de la Agencia Tributaria, de aquí a final de mes se abonarán las 55.000 primeras solicitudes y se espera que a fin de año 120.000 familias habrán recibido el pago en todo el Estado. A partir de 2008, el tiempo medio de espera para el cobro de los 2.500 euros será de unos 30 días desde la solicitud.

Las nuevas solicitudes podrán presentarse por Internet con firma electrónica a través de la página www.agenciatributaria.es, en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través del teléfono 901 200 345. El centro de atención telefónico ha sido reforzado y podrá recibir hasta 15.000 llamadas diarias. La Agencia Tributaria recordó que los beneficiarios que ya hayan presentado la comunicación de la solicitud a través del modelo 140 o el 141 no tienen que realizar ningún trámite añadido y serán los primeros en recibir las ayudas.

Las ayudas consisten en un pago único de 2.500 euros por cada hijo o adopción en territorio español producido a partir del día 1 de julio de 2007 como deducción del IRPF en abono único o como prestación económica no contributiva. Con carácter general, la beneficiaria de la deducción o prestación será la madre. Podrá ser beneficiario el padre en caso de fallecimiento de la madre sin haber solicitado el abono o bien cuando haya una cesión del derecho de cobro.

En todo caso, el beneficiario, tanto español como extranjero, debe haber residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español los dos años inmediatamente anteriores al nacimiento o adopción. La Ley también prevé una prestación de la Seguridad Social en pago único de 1.000 euros más, en los casos de adopción o nacimiento si se es familia numerosa, familia monoparental con una única fuente de ingreso o la madre padece una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

Los beneficiarios de esta prestación tendrán que acreditar unos ingresos no superiores a los 11.000 euros. Esta cuantía aumenta en las familias numerosas y por el número de hijos a su cargo y la solicitud de la prestación en estos supuestos tiene que presentarse a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Los que trabajen por cuenta propia o ajena y que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente podrán solicitarlo presentando el modelo 140, mientras que los que no trabajen o residan en el País Vasco y Navarra podrán solicitarlo presentando el modelo 141.
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